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Defensor Penal Público Regional de Magallanes y la Antártica Chilena

Perfil

Juan Vivar Uribe

Abogado titulado en la Universidad de Chile, en su trayectoria profesional se ha desempeñado como abogado del Departamento Pastoral de Derechos Humanos del Obispado de Punta Arenas.

Ejerció como abogado asesor del Sindicato de Trabajadores ENAP-Magallanes. También cumplió funciones como abogado de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas y del Banco del Estado, ambas sedes de Punta Arenas.

Fue Secretario Ejecutivo del Consejo Regional para el Control de Estupefacientes CONACE XIIª Región. Desde 1990, hasta el mes de febrero de 2002, se desempeñó como Secretario Regional Ministerial de Justicia de la XII ª Región.

Fue Director de la Honorable Junta Directiva de la Universidad de Magallanes y actualmente ejerce como docente en la cátedra de Derecho Penal de esa casa de estudios.

Es nombrado Defensor Regional de la Defensoría Penal Pública de la Región de Magallanes y Antártica Chilena para el periodo 2002-2007, luego de lo cual postula a dirigir la Defensoría magallánica por un nuevo periodo siendo nombrado en el cargo por el periodo 2008-2012.

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Y verás como quieren en Chile.

Publicado: miércoles, 25 de julio de 2012 - 01:40 hrs.

La Defensoría Penal Pública tiene como principal preocupación entregar defensa penal de calidad a toda persona que lo requiera y en cualquier lugar del país. Nuestra institución fue creada como un organismo especializado y dedicado exclusivamente a cumplir con la garantía de la defensa establecida en la Constitución y en los Tratados Internacionales ratificados por Chile. Nuestra misión se ha definido como “Proporcionar defensa penal de alta calidad profesional a las personas que carezcan de abogado por cualquier circunstancia, velando por la igualdad ante la ley, por el debido proceso y actuando con profundo respeto por la dignidad humana de los representados.”

Dentro de esta Misión, nuestra institución ha decidido brindar nuestro trabajo con especial preocupación a los grupos definidos como vulnerables. No es la finalidad de ésta columna definir cuáles son los grupos vulnerables, pero sí, poner el acento en un grupo definido como tal que son los migrantes.

Al desarrollar nuestra labor, defendemos a extranjeros algunas veces de paso y las más han venido a nuestra patria buscando nuevos y mejores horizontes, generalmente no migran con sus familias y tampoco tienen redes en este país de por si lejano y aislado y más aún en nuestra extrema región y por diversas razones se ven perseguidos penalmente. Imagínese Usted si para un connacional verse sometido al rigor del sistema procesal penal es una pesadilla, para alguien que está solo, que no conoce la cultura, que tiene barreras culturales o idiomáticas, ¡¡valga que pesadilla!!.

Cuando han sido perseguidos por delitos de bagatela el ministerio público generalmente ha actuado del mismo modo que con los connacionales, proponiendo salidas alternativas, instituto procesal, que por cierto, deja a salvo la presunción de inocencia de quienes lo acuerdan y aceptan. En otros casos como uno de una ciudadana Colombiana, fue absuelta por nuestros Tribunales de justicia. Tanto en uno como en otro caso, hemos tenido que actuar ya no sólo en el foro penal, sino que ante la decisión de la autoridad administrativa hemos presentado acciones de amparo o habeas corpus, por la arbitraria decisión de ordenar la expulsión, argumentando la comisión de un delito. ¿Cómo se entiende si alguien es absuelto se le quiera expulsar por la misma razón que – un poder independiente – como el judicial, determinó que la conducta no fue contraria a derecho?.

Ante situaciones como la antes descrita, en este año, hemos recurrido dos veces para ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Punta Arenas, y allí afortunadamente en ambos casos, primó el apego al derecho y en síntesis nuestras autoridades judiciales han mantenido a salvo la presunción de inocencia para los extranjeros y le hemos demostrado como quieren en chile al amigo cuando es forastero.
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Policialmente resuelto

Publicado: martes, 17 de mayo de 2011 - 12:44 hrs.

En ocasiones, cuando se hace pública la detención de una persona se habla inmediatamente, sin juicio previo, de “caso cerrado” o “policialmente resuelto”, por ende el imputado estaría en prisión preventiva a la espera de una inevitable condena.

Sin embargo, pasado unos días, semanas o meses, ocurre que este presunto culpable queda en libertad, porque las pruebas en su contra no eran suficientes o se denunciaron irregularidades en su confesión policial, tomada, por lo general, sin la presencia de un abogado defensor.

Queda latente, entonces, cierto aire de impunidad, propio de nuestra cultura inquisitiva no en vano para la mayoría una persona detenida es igual a una persona culpable, más aún si ésta habría confesado su delito y su imagen salió retratada esposado en las fotos de portada de los diarios y por los noticieros de televisión. El derecho a guardar silencio, el procedimiento y el contexto en que se tomó la supuesta confesión o si el detenido tuvo la oportunidad de hablar previamente con un abogado defensor, muchas personas lo consideran irrelevante.

Precisamente, para difundir y velar por estos y otros derechos de las personas cuando son detenidas, es que se creó la Defensoría Penal Pública, con la misión de entregar defensa penal de calidad a todas las personas imputadas no importando el delito de que se les acuse.

Hay que tener siempre presente que la humanidad dejó hace muchos años atrás la época de la Inquisición y las ordalías donde la confesión sacada a cualquier costo era el principal medio de prueba. Nuestra época es la de la tecnología y las policías cuentan con el examen ADN y un enorme avance científico y técnico, además de agentes policiales bien preparados para probar los delitos.

Es así, que no se entiende la obsesión por la confesión como medio de prueba renunciando al amplio abanico de líneas de investigación que pueden desplegar los organismos policiales para el esclarecimiento de hechos ilícitos.

Mientras no exista una condena emitida por un tribunal, para evitar equivocaciones, en lugar de hablar de “caso cerrado” o “policialmente resuelto”, sería mejor decir: “caso parcialmente resuelto”.
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Nueva casa

Publicado: jueves, 16 de diciembre de 2010 - 09:25 hrs.

Un 16 de diciembre del año 2002, se dio inicio a la Reforma Procesal Penal en Magallanes, y un sentimiento de contenido nerviosismo nos inundaba por el peso de la crucial misión que se nos encomendaba, que no era otra que la protección y respeto de los derechos de las personas imputadas de un delito que carecieran de un abogado o que no tuvieran los medios para procurarse uno.

Teníamos muchos sueños y anhelos, uno, quizás, el más grande de todos: contar con un edificio propio que albergara nuestras oficinas y nos permitiera entregar una atención más confortable a nuestros usuarios y sea de mayor comodidad para nuestros funcionarios y funcionarias.

Desde el comienzo la Defensoría Penal Pública en conjunto con la División de Arquitectura Regional del MOP, se propuso llevar a cabo el proyecto del edificio institucional, el cual se concretaría en las confortables, amplias y cómodas oficinas que hoy ocupa, en calle José Miguel Carrera a la altura del 441, la Defensoría Regional de Magallanes y Local de Punta Arenas, un hermoso diseño arquitectónico del magallánico Néstor Vásquez y construido con recursos públicos mediante licitación por la Empresa Constructora Salfa.

Ello, significa un paso fundamental en el asentamiento y consolidación de la Defensoría como el tercer pilar de la Reforma Procesal Penal en Magallanes, en tanto servicio público descentralizado, que cuenta con patrimonio propio y se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Justicia.

Si bien, estamos contentos de estar en nuestras nuevas dependencias, la tragedia de los 81 compatriotas que fallecieron al interior de la cárcel San Miguel, nos ha conmovido de sobremanera, muchos, sino la mayoría de ellos, habrán sido usuarios de la Defensoría Penal Pública.

Esperamos que una situación como esa no se vuelva a repetir, por nuestra parte seguiremos trabajando por cumplir el rol de garantes de los derechos de las personas imputadas que son, en suma, el respeto de los derechos humanos.

Satisfecha nuestra necesidad de infraestructura propia y asegurada la cobertura de defensa corresponde ahora a la defensoría magallánica, avanzar en calidad, para ello nos hemos propuesto superarnos cada día en el estricto cumplimiento de los estándares que caracterizan la gestión de defensa penal pública ya que nos reconocemos llamados a cumplir un rol primordial en el fortalecimiento de la democracia cautelando los derechos de nuestros conciudadanos sometidos a la persecución estatal, con el fin de garantizarles sus derechos como imputados y que serán juzgados en un debido y justo proceso.

Como, de verdad acontece, en todas aquellas comunidades donde la promoción y respeto a la cultura de los derechos humanos es el sello característico de sus sistemas judiciales.
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Oralidad e inmediación en la Comisión de Libertad Condicional

Publicado: lunes, 22 de noviembre de 2010 - 16:22 hrs.

Durante los días 10, 11 y 12 de noviembre se realizó en la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales de Santiago el “Congreso Internacional 10 años de Reforma Procesal Penal en Chile”, para discutir, evaluar y proyectar la reforma procesal penal a diez años de su puesta en marcha en el país en el que participaron los principales actores del sistema de justicia penal, es decir el poder judicial, la Defensoría Penal Pública y el Ministerio Público, entre otros, junto a destacados juristas provenientes de otras latitudes del continente americano.

En su momento, de manera silenciosa, postulamos, en conjunto con el Tribunal Oral en Lo Penal de Punta Arenas, con una ponencia para participar en dicho congreso, la cual fue finalmente seleccionada y con el presidente del Comité de Jueces del Tribunal Oral en lo Penal, don Luis Álvarez Valdés, nos tocó defenderla el día viernes 12 de noviembre.

Nuestro trabajo, versó en que concibiendo a la Reforma Procesal Penal como dinámica, nos planteamos profundizar e impulsar la extensión y vigencia de los principios de la Reforma Procesal Penal en el cumplimiento de las sentencias criminales, en especial aquellas condenatorias a penas privativas de libertad.


Es decir, extender los principios de oralidad e inmediación al funcionamiento de la Comisión de Libertad Condicional en la Región de Magallanes. Además, de actualizar el funcionamiento de la Comisión de Libertad Condicional, según el espíritu de la Reforma Procesal Penal vigente.

Lo anterior, involucra diseñar e implementar en la Región de Magallanes, un nuevo procedimiento para el funcionamiento de la Comisión de Libertad Condicional, que permitiese que los internos postulantes sean vistos y escuchados por la Comisión, es decir, que se incorporaran los principios de oralidad e inmediación.

Nuestra presentación, tuvo excelente acogida entre los asistentes al evento y fue muy valorada por lo innovadora y estar acorde al espíritu del Congreso, además de ser una ponencia interinstitucional, lo cual nos llena de profundo orgullo y satisfacción.

Valoro el trabajo conjunto que se realizó con el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas y, en especial, la labor desplegada por su juez presidente don Luis Álvarez Valdés, su convicción de sacar adelante esta propuesta y llevarla, efectivamente, a la práctica en su oportunidad, en beneficio y trato digno de los derechos que tienen las personas que cumplen penas en prisión.

Lo anterior, no hace sino ratificar que con voluntad, convicción y compromiso de los actores vinculados al sistema procesal penal regional, se pueden lograr sencillos, pero grandes cambios que se requieren para mejorar el sistema de administración de justicia procesal penal en nuestra comunidad.

La mesa de trabajo, que integramos invitados por el fiscal regional, para evaluar la efectividad de los tratamientos y planes de intervención a los que quedan sujetos los menores imputados bajo la reforma penal adolescente; y la Constitución de la Comisión Regional de la Reforma Procesal Penal, a instancias del Seremi de Justicia, sin duda alguna, que también lo son.
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